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LOS DERECHOS PERSONALES. Clasificaciones de las obligaciones: estudio pormenorizado de las obligaciones naturales y las alternativas y facultativas.

  CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES. Tiene importancia, porque según su clase, producen diversos efectos. Las obligaciones pueden clasificarse atendiendo al objeto, al sujeto y a sus efectos. a) Obligaciones positivas y negativas. Las obligaciones positivas son aquellas en que el deudor debe efectuar una prestación, que consiste en un dar o en un hacer. Las obligaciones negativas son aquellas que imponen un deber de abstención, un no hacer. Esta clasificación tiene importancia para determinar cuándo el acreedor puede demandar perjuicios al deudor. En las obligaciones positivas, el deudor debe encontrarse en mora; en las obligaciones negativas, basta la contravención, debiéndose los perjuicios desde que el deudor, infringiendo su deber de abstención, ejecutó el hecho a que se había obligado a abstenerse (arts. 1538 y 1557).   b) Obligaciones de dar, hacer y no hacer: arts. 1438 y 1460. En un sentido tradicional, obligación de dar es la que tiene por objeto transf...